¿Pueden los abuelos reclamar visitas a sus nietos? Descubre cuándo existe este derecho y qué dice el Tribunal Supremo.

Publicado el 7 de abril de 2026, 17:08

¿Tienen los abuelos derecho a ver a sus nietos? Régimen de visitas

En los procedimientos de divorcio o medidas paterno-filiales es cada vez más frecuente que surja una duda importante: ¿pueden los abuelos solicitar un régimen de visitas con sus nietos?

La respuesta es sí, pero no en todos los casos ni de cualquier manera.

¿Existe el derecho de visitas de los abuelos?

Sí. El Código Civil español reconoce expresamente este derecho. En concreto, establece que no pueden impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus abuelos.

Esto implica que:

  • El menor tiene derecho a mantener relación con sus abuelos

  • La mala relación entre los adultos no justifica cortar ese vínculo

  • Si se impide injustificadamente, puede acudirse a la vía judicial

¿Cuándo puede regularse este derecho?

El régimen de visitas de los abuelos puede establecerse de distintas formas:

  • En el convenio regulador de un divorcio

  • Por acuerdo entre las partes

  • O, en caso de conflicto, mediante resolución judicial

Incluso en situaciones excepcionales, los tribunales pueden atribuir a los abuelos funciones más amplias, siempre atendiendo al interés del menor.

La clave: el interés del menor

El elemento central en estos procedimientos no es el derecho de los abuelos, sino el bienestar del menor.

Los tribunales valoran:

  • La relación previa entre abuelos y nietos

  • El vínculo afectivo existente

  • El posible perjuicio si se interrumpe el contacto

Solo cuando la negativa a mantener la relación resulta perjudicial para el menor, se justifica la intervención judicial.

¿Cuándo se puede acudir a los tribunales?

La vía judicial suele ser viable cuando:

  • Se ha producido una ruptura total del contacto

  • Existe una negativa clara y continuada por parte de uno de los progenitores

  • Había previamente una relación afectiva estable

  • El menor se beneficia de mantener ese vínculo

No es suficiente que el tiempo de convivencia sea escaso o que exista conflicto entre los adultos.

¿Qué dice el Tribunal Supremo?

El Tribunal Supremo ha reiterado que la relación entre abuelos y nietos es beneficiosa para ambos, y solo puede limitarse cuando exista una causa que afecte al interés del menor.

Por ejemplo, no se puede denegar este derecho únicamente por la mala relación entre progenitores y abuelos, salvo que dicha situación pueda perjudicar al menor.

Importante: no siempre procede fijar un régimen de visitas

Una cuestión muy relevante es que no siempre se reconoce judicialmente este derecho, especialmente cuando la relación ya existe.

La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 27 de junio de 2024 ha fijado un criterio claro: solo procede establecer un régimen de visitas cuando exista un obstáculo real que impida o perjudique la relación.

En el caso analizado, la abuela ya veía a su nieto durante el régimen de visitas del padre, por lo que el Tribunal consideró que no era necesario fijar un calendario adicional.

Es decir: si la relación ya funciona, aunque no sea perfecta, no procede la intervención judicial.

Conclusión

El derecho de los abuelos a relacionarse con sus nietos está reconocido legalmente, pero no es un derecho absoluto.

La clave siempre será el interés del menor y la existencia de una verdadera necesidad de intervención judicial.

Cuando el vínculo existe y se mantiene, los tribunales tienden a no intervenir. Sin embargo, si se produce una ruptura injustificada, sí es posible acudir a los tribunales para proteger esa relación.

¿Necesitas asesoramiento?

Si estás atravesando una situación similar, ya sea como abuelo o como progenitor, es importante analizar el caso concreto antes de iniciar cualquier procedimiento.

Como abogada especializada en derecho de familia, puedo ayudarte a valorar tu situación y orientarte sobre la mejor opción.